- La cuota inicial es de 20€
- El pago se realizará por adelantado (O sea que antes de que acabe el mes se abonará la cuota), y durante los periodos de recaudación (normalmente un mes), el pago se relizara lo antes posible, ya que si alguien no esta al corriente de pago, no se incluira en el sorteo y por ende en el premio del mismo.
- Los premios superiores a 1.000 € de dividendo por socio se repartirán entre los socios que tengan su cuota al día a lo largo de ese mes
- Los premios inferiores a 1.000 € de dividendo por socio se quedaran en un bote para ser reinvertido
- Las apuestas se realizaran en la administración de distrito telefonica los lunes ó martes
- Se jugara a loterías primitiva y Euro millones en la modalidad semanal
- Todas las apuestas serán visibles en este mismo site desde el martes de cada semana
- Cualquiera puede consultar el estado de cuentas en para ver como va la cosa de manera publica
- La incorporación de un nuevo miembro, sólo tendrá una norma que será la del pago proporcional del bote que haya en ese momento, al igual que cuando quiera abandonar, se le abonará la parte proporcional del bote acumulado.
- Para mayor comodidad, si alguien necesita hacer un ingreso on-line, lo podrá hacer en este nº de cuenta de ING: ES41 1465 0100 99 1715876811 a mi nombre Luis Robles, concepto: donación.
Estas son las normas iniciales (si no te gustan, tenemos otras :-) )que están ahí para mejorarlas,
aceptamos ideas
Los premios de Loterías y Apuestas del Estado (LAE) estaban hasta ahora exentos del pago de impuestos, según la Ley 35/2006, pero una nueva ley aprobada recientemente, establece un gravamen especial del 20% para los premios de Loterías superiores a 2.500 euros para los ejercicios 2013-2014.
Ley 7/2012 AntiFraude Fiscal
Los premios de Loterías y Apuestas del Estado (LAE) estaban hasta ahora exentos del pago de impuestos, según la Ley 35/2006, pero una nueva ley aprobada recientemente, establece un gravamen especial del 20% para los premios de Loterías superiores a 2.500 euros para los ejercicios 2013-2014.
Ley 7/2012 AntiFraude Fiscal
El Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) ha publicado la Ley de
Modificación de la Normativa Tributaria y Presupuestaria y de Adecuación
de la Normativa Financiera para la Intensificación de las
Actuaciones en la Prevención y Lucha contra el Fraude, una vez que
ha concluido el trámite parlamentario. La conocida como “ley antifraude”
entró en vigor el pasado día 31 de octubre
de 2012, con carácter general, excepto su artículo siete (referido a pagos en efectivo) que lo hará dentro de 20 días.
Resumen de las principales novedades:
Se limita a 2.000 euros el pago en efectivo en operaciones en donde participen empresarios o profesionales.
Hacienda perdonará la sanción al
contribuyente que denuncie los hechos. Así, no podrán pagarse en
efectivo operaciones iguales o superiores a 2.500 euros en las que
intervenga, al menos un empresario o profesional. La limitación no
será aplicable a los pagos e ingresos realizados con entidades de
crédito.Quienes incumplan esta
limitación se enfrentarán a multas del 25 por 100 del valor del pago
hecho en efectivo. Tanto el pagador como el receptor del pago
responderán de forma
solidaria de dicha infracción por lo que la Administración podrá
dirigirse contra cualquiera de ellos. Si la denuncia procede de una de
las partes que hayan intervenido en la operación, Hacienda
no aplicará sanción alguna a esta parte si voluntariamente lo pone
en conocimiento de la Agencia Tributaria.
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