miércoles, 6 de noviembre de 2019

Estado de cuentas

Boletos Jugados

Noticias

Hola a todos, la semana pasada tocaron  13,45 . La caja la tiene Alfonso, que es quien se esta encargando desde que me fui, así que para cualquier cosa, por favor no dudéis en hablar con el. Por mayoría se opta por la opción 1.

Otra cosilla, por si no lo sabíais, me he apuntado al PSI, y los dos escenarios posibles son:  1º agotamos el dinero de la caja y damos por finalizada la peña y 2ª opción es la de un voluntario que retome el testigo y siga con la misma, así que ya me contareis lo que decidáis. Ha sido un gran honor, la confianza que depositasteis en mi (me siento halagado a la vez que afortunado) de contar con tan entrañable grupo de amigos, un abrazo a todos.


Informaros también que tenéis disponible la app LoteriasPRO (iOS y Android) con la que podéis comprobar si los boletos han sido premiados escaneando el código QR, link de descarga: https://www.loteriasyapuestas.es/es/app-selae/app-movil









El nº de cuenta no ha cambiado, estos datos los encontraras en la zona de Normas.
(cuenta de ING: ES41 1465 0100 99 1715876811) por si estas muy perezoso y no te  apetece leer las normas.                                      


Link de las fotos de la despedida de Kepa:  Link para descarga 

jueves, 22 de agosto de 2013

Normas

Compañer@s para el buen funcionamiento es necesario establecer unas normas lógicas, estas son las normas básica y de inicio de la Peña de Lotería Operaciones Empresas.
  1. La cuota inicial es de 20
  2. El pago se realizará por adelantado  (O sea que antes de que acabe el mes se abonará la cuota), y durante los periodos de recaudación (normalmente un mes), el pago se relizara lo antes posible, ya que si alguien no esta al corriente de pago, no se incluira en el sorteo y por ende en el premio del mismo.
  3. Los premios superiores a 1.000 € de dividendo por socio se repartirán entre los socios que tengan su cuota    al día a lo largo de ese mes
  4. Los premios inferiores a 1.000 de dividendo por socio se quedaran en un bote para ser reinvertido
  5. Las apuestas se realizaran en la administración de distrito telefonica los lunes ó martes
  6. Se jugara a loterías primitiva y Euro millones en la modalidad semanal
  7. Todas las apuestas  serán visibles en este mismo site desde el martes de cada semana
  8. Cualquiera puede consultar el estado de cuentas en  para ver como va la cosa de manera publica
  9. La incorporación de un nuevo miembro, sólo tendrá una norma que será la del pago proporcional del bote que haya en ese momento, al igual que cuando quiera abandonar, se le abonará la parte proporcional del bote acumulado.
  10. Para mayor comodidad, si alguien necesita hacer un ingreso on-line, lo podrá hacer en este nº de cuenta de ING: ES41 1465 0100 99 1715876811 a mi nombre Luis Robles, concepto: donación.
  (siempre se dejara el boleto jugado la semana anterior, para cualquier comprobación).


 
Estas son las normas iniciales (si no te gustan, tenemos otras :-) )que están ahí para mejorarlas, aceptamos ideas

Los premios de Loterías y Apuestas del Estado (LAE) estaban hasta ahora exentos del pago de impuestos, según la Ley 35/2006, pero una nueva ley aprobada recientemente, establece un gravamen especial del 20% para los premios de Loterías superiores a 2.500 euros para los ejercicios 2013-2014. 

Ley 7/2012 AntiFraude Fiscal
El Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) ha publicado la Ley de Modificación de la Normativa Tributaria y Presupuestaria y de Adecuación de la Normativa Financiera para la Intensificación de las Actuaciones en la Prevención y Lucha contra el Fraude, una vez que ha concluido el trámite parlamentario. La conocida como “ley antifraude” entró en vigor el pasado día 31 de octubre de 2012, con carácter general, excepto su artículo siete (referido a pagos en efectivo) que lo hará dentro de 20 días.
Resumen de las principales novedades:
Se limita a 2.000 euros el pago en efectivo en operaciones en donde participen empresarios o profesionales. 
Hacienda perdonará la sanción al contribuyente que denuncie los hechos. Así, no podrán pagarse en efectivo operaciones iguales o superiores a 2.500 euros en las que intervenga, al menos un empresario o profesional. La limitación no será aplicable a los pagos e ingresos realizados con entidades de crédito.Quienes incumplan esta limitación se enfrentarán a multas del 25 por 100 del valor del pago hecho en efectivo. Tanto el pagador como el receptor del pago responderán de forma solidaria de dicha infracción por lo que la Administración podrá dirigirse contra cualquiera de ellos. Si la denuncia procede de una de las partes que hayan intervenido en la operación, Hacienda no aplicará sanción alguna a esta parte si voluntariamente lo pone en conocimiento de la Agencia Tributaria.